Conatel aplica sanción a tres emisoras de Nueva Esparta
La Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) informó por medio de una nota de prensa que aplicó medidas cautelares a los prestadores de servicio Radio Mar 95.3 FM, Platino Margarita 101.3 FM y Horizonte 100.5 FM por "operar presuntamente sin la debida habilitación administrativa y concesión, en el estado Nueva Esparta".
De acuerdo al gerente de operaciones de Conatel, Enrique Quintana, la medida se aplica de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones.
La aplicación de las medidas a estos prestadores son de "carácter provisionalísimo de suspensión de las actividades clandestinas e incautación de los equipos y materiales empleados en la realización de dicha actividad".
Comentó Quintana que esta acción no afecta la Libertad de Expresión, sino que resguarda el derecho de quienes en el marco de la Ley han sido habilitados para el uso del espectro radioeléctrico.
Asimismo, aclaró que con el objeto de resguardar el derecho a la defensa y al debido proceso que ampara a todos los administrados, los prestadores de servicio cuentan con quince (15) días hábiles para exponer sus alegatos y defensas, y cinco (5) días hábiles para oponerse a las medidas acordadas, todo ello de conformidad con las previsiones de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones.
De acuerdo al gerente de operaciones de Conatel, Enrique Quintana, la medida se aplica de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones.
La aplicación de las medidas a estos prestadores son de "carácter provisionalísimo de suspensión de las actividades clandestinas e incautación de los equipos y materiales empleados en la realización de dicha actividad".
Comentó Quintana que esta acción no afecta la Libertad de Expresión, sino que resguarda el derecho de quienes en el marco de la Ley han sido habilitados para el uso del espectro radioeléctrico.
Asimismo, aclaró que con el objeto de resguardar el derecho a la defensa y al debido proceso que ampara a todos los administrados, los prestadores de servicio cuentan con quince (15) días hábiles para exponer sus alegatos y defensas, y cinco (5) días hábiles para oponerse a las medidas acordadas, todo ello de conformidad con las previsiones de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones.
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